En qué consiste y cubrimiento

Para hacer uso de este beneficio sólo debes ser asociado a COOTRAMED, estar al día con tus obligaciones y contar con 2 salarios minimos legales vigentes en tus Aportes Sociales. 

Este beneficio de Asistencia de Protección cubre al Asociado y su Grupo familiar, incluidos sus padres y su mascota, sin costo alguno con cubrimientos en SALUD, ODONTOLOGIA, VETERINARIO Y LEGAL, las 24 horas del día y los siete días a la semana, así: 

PARA SOLICITAR EL SERVICIO

  • Bogotá:    (601) 580 2648

  • Medellín:  (604) 204 3828

  • Otras zonas: 018000 121 649

Atención las 24 horas del día, los 365 días al año.

                Servicio prestado por

Asociado y Grupo Familiar

MÉDICO A DOMICILIO POR EMERGENCIA

En caso que el afiliado  y grupo familiar  requiera, IGS pagará y coordinará a través de un tercero el envío de médico hasta el lugar que el afiliado o persona del grupo familiar indique, a nivel nacional dentro del perímetro urbano, para hacerle un chequeo, revisión o diagnóstico derivado de una emergencia médica. El médico deberá identificar correcta y rápidamente la necesidad del afiliado determinando la respuesta más adecuada para resolverla, en función del contexto y de las disponibilidades. Este servicio integra revisión médica y diagnóstico. El seguimiento pertinente del tratamiento debe ser realizado por el afiliado o grupo familiar. Este servicio se prestará en el sitio autorizado a la luz de la asistencia contratada. Para el afiliado o grupo familiar en la vivienda registrada y a nivel nacional siempre y cuando estas estén dentro del perímetro urbano en las principales ciudades del país.

EXCLUSIONES

  • Bajo criterio medico se podrá realizar la formulación de tratamiento
  • No incluye el costo o la aplicación de tratamientos, aplicación de medicamentos, curaciones o tratamientos quirúrgicos de ningún tipo.
  • El médico coordinado por integral GROUP SOLUTION COLOMBIA para brindar el servicio no está obligado a portar, proveer o administrar medicamentos.
  • No incluye toma de muestras de laboratorios.
  • No incluye la asistencia por especialistas.
  • No incluye movilización del paciente.
  • Las incapacidades se generarán a criterio del médico tratante.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ CON UN LÍMITE DE DOCE (12) EVENTOS POR AÑO, Y UN MONTO LÍMITE DE COBERTURA DE CIENTO VEINTE MIL PESOS ($120.000)

AMBULANCIA TERRESTRE POR EMERGENCIA

En caso que el afiliado y grupo familiar requiera un servicio de transporte dentro del territorio colombiano a consecuencia de una lesión súbita o traumatismo que constituya una emergencia vital y que requiera un traslado médico, IGS coordinará dependiendo de la emergencia el traslado, ambulancia básica o ambulancia medicalizada y hará seguimiento hasta el arribo de unidades médicas para trasladar al afiliado y grupo familiar hasta el centro médico asistencial más cercano.

ESTA COBERTURA ESTÁ LIMITADA A UN NÚMERO DE DOCE (12) EVENTOS POR AÑO, UNO (1) POR MES Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

ASISTENCIA MÉDICA TELEFÓNICA          

En caso de que el afiliado y grupo familiar requiera una orientación médica telefónica, IGS brindará, de acuerdo a las condiciones de la asistencia; orientación médica telefónica las 24 horas, los 365 días del año. En la línea de asistencia; un profesional médico coordinado por IGS con un tercero realizará la clasificación de la gravedad de su padecimiento y le orientará en los procedimientos y conductas provisionales, según la sintomatología manifestada, que se deben asumir mientras el paciente hace contacto con un profesional médico de manera presencial, en caso de que lo requiera.

EXCLUSIONES

  • No se prescriben medicamentos vía telefónica.
  • No se realizan diagnósticos definitivos por tratarse de una asistencia en orientación telefónica.
  • No se cambian protocolos de tratamiento vía telefónica.
  • El servicio no incluye el costo o garantiza el envío de un médico a domicilio.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

ORIENTACIÓN MÉDICA NUTRICIONAL

Cuando el afiliado y grupo familiar requiera, IGS prestará el servicio de asistencia nutricional telefónica esta asistencia se brindará por parte de especialistas para consultas del cuadro nutricional de los alimentos (calorías, carbohidratos etc.) Índice de grasa corporal, dietas y referenciación de nutricionistas, envío de información vía electrónica de dietas y recomendaciones para llevar una alimentación sana y estilo de vida saludable.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

ORIENTACIÓN PSICOLÓGICA TELEFÓNICA

En caso que el afiliado y grupo familiar requiera, IGS gestionará la prestación de servicio de orientación psicológica telefónica. Este servicio ofrece un apoyo puntual, no de urgencia, el objetivo principal es recuperar la autonomía del paciente en el menor tiempo posible, después de un “shock” emocional, estrés post-traumático, etc.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

RED DE DESCUENTOS MÉDICOS

IGS pone a disposición del afiliado y grupo familiar los servicios de conexión y coordinación con centros médicos de la red de proveedores de IGS a nivel nacional para la realización de exámenes preventivos, exámenes de laboratorio y consultas médicas con médico general y especialidades como: (medicina interna, pediatría, psiquiatría, neurología, gastroenterología): a tarifas preferenciales. El valor del procedimiento que el afiliado decida tomar va por cuenta del afiliado, IGS bajo ningún motivo asumirá los costos de dichos exámenes preventivos, exámenes de laboratorio y consultas médicas con médico general y especialista.

Este servicio es sin límite de eventos al año dentro del territorio nacional los costos de los mismos serán asumidos por cuenta del afiliado.

EXÁMENES PREVENTIVOS DE LABORATORIO

  • EMBARAZADAS: diabetes en el embarazo, infección por virus de inmunodeficiencia humana, sífilis, infección urinaria, sobrepeso y obesidad, hipertensión arterial, beber problema, tabaquismo.
  • RECIÉN NACIDO: fenilcetonuria, hipotiroidismo congénito, displasia del desarrollo de caderas.
  • LACTANTES: displasia del desarrollo de caderas.
  • NIÑOS Y NIÑAS ENTRE 2 Y 5 AÑOS: control de sobrepeso y obesidad.
  • NIÑOS Y NIÑAS A LOS 4 AÑOS: sobrepeso y obesidad, ambliopía, estrabismo y defectos en la agudeza visual, detección de malos hábitos bucales
  • PERSONAS DE 15 AÑOS Y MÁS: beber problema, tabaquismo, sobrepeso y obesidad, hipertensión arterial, diabetes mellitus, sífilis, tuberculosis.
  • MUJERES DE 25 A 64 AÑOS: cáncer cervicouterino
  • PERSONAS DE 40 Y MÁS AÑOS: dislipidemia
  • MUJERES DE 50 A 54 AÑOS: cáncer de mama
  • ADULTOS DE 65 Y MÁS AÑOS: autonomía funcional

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO A UNA DILIGENCIA MÉDICA

Si el afiliado o grupo familiar lo requiere, a su solicitud IGS se encargará de coordinar la asistencia de acompañamiento a una diligencia médica. Este servicio se prestará en la ciudad de residencia del afiliado o miembro del grupo familiar, a nivel nacional dentro del perímetro urbano. Este ser vicio debe ser coordinado con 24 horas de anterioridad, debe ser informado el servicio al cual va a asistir, la dirección de origen y la dirección de destino. Para cancelar la asistencia programada, el afiliado debe comunicarse con IGS y cancelar el servicio con 6 horas de anticipación. El servicio no incluye medio de transporte. No incluye la asistencia para pacientes con diagnósticos psiquiátricos o postquirúrgicos de alta complejidad (no neurológicos, no cardiológicos, no estéticos, no oxigeno-dependientes). Cada evento se prestará por un tiempo máximo de cuatro (4) horas.

ESTA COBERTURA ESTÁ LIMITADA A UN NÚMERO DE DOCE (12) EVENTOS POR AÑO Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

REFERENCIACIÓN TIENDAS NATURISTAS

IGS pone a disposición del afiliado y grupo familiar los servicios de referenciación con centros naturistas para la realización de compras de productos naturistas. Esta cobertura es únicamente de referencia los costos generados de la misma correrán por cuenta del afiliado y grupo familiar.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

COORDINACIÓN Y RECORDACIÓN TELEFÓNICA DE CITAS MÉDICAS

IGS pone a disposición del afiliado o grupo familiar, expertos en servicios de orientación telefónica, las 24 horas del día, los 365 días del año para la recordación y coordinación de citas médicas. Cuando el afiliado necesite que se le coordinen o recuerde telefónicamente citas médicas con EPS o especialistas (médico general o médico especialista). La compañía y el proveedor de asistencia no serán responsables del diagnóstico o tratamiento que realice el especialista. Los costos de consulta, medicamentos y tratamientos derivados de la misma serán cubiertas por el solicitante en su totalidad.

La coordinación de citas médica será dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes de la solicitud, dependiendo de la espacialidad, disponibilidad y la ciudad donde se solicite el servicio.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

REFERENCIA Y COORDINACIÓN DE CAMILLAS PARA EMERGENCIAS

A solicitud del afiliado y grupo familiar, IGS realizara referencia y coordinación respecto de la consecución de una camilla para emergencias en las principales ciudades del país; Bogotá, Cali, Medellín, Bucaramanga, barranquilla, Cartagena, santa Marta, Manizales, Pereira, Armenia, Neiva, Ibagué, Tunja y Villavicencio. Esta cobertura es únicamente de referencia y coordinación los costos generados de la misma correrán por cuenta del afiliado.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

 

PARA SOLICITAR EL SERVICIO

  • Bogotá:    (601) 580 2648

  • Medellín:  (604) 204 3828

  • Otras zonas: 018000 121 649

Atención las 24 horas del día, los 365 días al año.

Servicio prestado por

 

Asistencia Hogar Plus

Los costos derivados de trabajos adicionales en el servicio deberán ser asumidos por el asociado. Los servicios de plomería, cerrajería y electricista, se prestarán en bolsa es decir que la cantidad de eventos relacionada podrá ser utilizada en una misma cobertura o en las diferentes coberturas relacionadas de acuerdo con su necesidad.

SERVICIO DE PLOMERÍA POR EMERGENCIA

Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones fijas del sistema de abastecimiento de aguas potables propias de la vivienda del afiliado o del grupo familiar (instalaciones hidrosanitarias y/o agua potable), se presente alguna rotura o fuga de agua, avería o taponamiento que imposibilite el suministro de las aguas, se enviará un técnico especializado, que realizará la asistencia necesaria para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. Las reparaciones de plomería no incluyen trabajos de albañilería. El valor determinado para este servicio incluye el costo de los materiales y mano de obra, exclusivamente en los casos cuando se trate de reparación y/o sustitución de tubos de conducción de agua potable. No se incluyen los gastos generados por enchape y acabados. No incluye la sustitución de mezcladores o accesorios internos del baño. No se cubrirán además las emergencias generadas a inmuebles de terceros.

Nota: Esta cobertura aplicará únicamente en caso de emergencia, y en ningún caso por falta de mantenimiento, o por deterioro de materiales.

EXCLUSIONES

Quedan excluidas de la presente cobertura, la reparación y/o reposición de averías propias de: grifos, cisternas, depósitos, alentadores junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, tanques aéreos y de reserva, llaves de paso, calentadores, arreglo de canales y bajantes, cubiertas, cualquier material importado.

REPARACIÓN EN ÁREAS COMUNES Y CAJAS DE INSPECCIÓN

No cubre tubería galvanizada, de hierro, cemento, asbesto, radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua, y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda.

Reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o filtraciones. Cualquier tipo de reparación en áreas comunes o en instalaciones propiedad de la empresa de acueducto y alcantarillado de la ciudad.

SERVICIO DE CERRAJERÍA

Cuando a consecuencia de cualquier accidente o emergencia, como pérdida, extravío o robo de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa que impida la apertura de la puerta principal o alguna puerta interna de la vivienda registrada, a solicitud del afiliado o miembro del grupo familiar IGS enviará un técnico especializado que realizará la asistencia necesaria para restablecer el acceso y el correcto cierre de la puerta de esta. En caso ser necesario se realizará cambio de guardas. El valor previsto para la prestación de este servicio incluye el costo de los materiales, traslado del operario y la mano de obra. Esta cobertura aplica para la puerta de acceso al domicilio o puertas internas de la vivienda del afiliado o grupo familiar.

EXCLUSIONES

  • La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de guardarropas y alacenas.
  • La apertura, reparación y el cambio o reposición de puertas de acceso electrónico a la vivienda asegurada, tanto externas como internas.
  • La apertura, reparación y el cambio o reposición de cerraduras, puertas, guardas, chapas y pasadores de seguridad, tanto externa como interna.
  • Quedan excluidos los arreglos locativos, cambios en los diseños o especificaciones originales de la vivienda asegurada.
  • El servicio descrito en el presente numeral no se prestará cuando la cerradura esté deteriorada y ello ocasione daños constantes en su normal funcionamiento, y/o haya sido instalada sin las debidas normas técnicas.

Nota: Queda establecido que en caso de que el afiliado o grupo familiar no hubiere llamado a los números telefónicos indicados, pasadas máximo 48 horas de presentado el daño o la avería no tendrá derecho a la prestación del servicio de asistencia ni a reembolso.

SERVICIO DE ELECTRICISTA

Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias en el interior de la vivienda (casa, apartamento de uso habitacional) que corresponde a la residencia permanente del afiliado o grupo familiar , se produzca una falta de energía eléctrica ya sea de forma total o parcial (corto circuito), se enviará un técnico especializado que realizará la asistencia necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. No incluyen trabajos de albañilería. El valor previsto para la prestación de este servicio incluye el costo de los materiales traslado del operario y mano de obra.

Se deja expresa constancia que IGS no será responsable por las labores de compra e instalación de materiales que no estén a la venta en Colombia, que hayan sido descontinuados o aquellos que hayan sido fabricados con diseño exclusivo.

No incluye reparación de ningún aparato eléctrico (electrodomésticos, lámparas y su respectivo balastro, bombillos especiales, bombillos de intemperie, ni ningún tipo de bombillo o tubo fluorescente), ni tableros eléctricos.

Se excluyen las labores de búsqueda o exploración de las instalaciones eléctricas para detectar el daño, así como los gastos generados en las labores de instalación.

Quedan excluidas del presente servicio, la reparación y/o reposición de averías propias de accesorios de electricidad en general.

Estas coberturas estarán limitadas a un número de dos (2) eventos por año y se prestarán con un monto límite de cobertura de ciento veinte mil pesos ($120.000).

Los servicios de instalación de electrodomésticos línea blanca e instalación de cortinas y persianas se prestarán en bolsa es decir que la cantidad de eventos relacionada podrá ser utilizada en una misma cobertura o en las diferentes coberturas relacionadas de acuerdo con su necesidad.

INSTALACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS LINEA BLANCA

En caso de que el afiliado o miembro del grupo familiar lo requiera, IGS pondrá a su disposición la mano de obra de un experto en instalación de electrodomésticos de línea blanca, siempre y cuando se tenga los puntos de red correspondientes (gas, agua y eléctrico) para la instalación y no requiera de otros profesionales (fontanero, electricista, montaje de muebles de cocina u otros, etc.). El especialista que realizará el proceso verificará que la instalación sea adecuada y segura, cumpliendo con las normas exigidas por las entidades acreditadas.

Los electrodomésticos autorizados para la prestación de este servicio son lavadora, nevera, estufa, hornos, secadora o aire acondicionado.

INSTALACIÓN DE CORTINAS Y PERSIANAS

Cuando el afiliado o miembro del grupo familiar lo requiera podrá solicitar la mano de obra para realizar la instalación de cortinas en la vivienda asegurada. Para esto, igs enviará un técnico especialista para realizar la tarea de la instalación de cortinas previa autorización del afiliado. Los accesorios, sistema de funcionamiento, y las cortinas, deberá ser provisto por el afiliado. El servicio se realizará siempre que las condiciones de la superficie permitan la instalación de la(s) cortina (s). Esta asistencia se prestará hasta el monto límite de cobertura.

EXCLUSIONES

  • Quedan excluidas instalaciones de cortinas eléctricas.
  • Solamente se instalan cortinas nuevas. • la mano de obra no incluye realizar refuerzos en muros o cielos.
  • La mano de obra no incluye reparación ni adaptación de cortinas ni su soporte.
  • Quedan excluidos la mano de obra de más de un (1) técnico, el costo de la mano de obra adicional se otorgará a costo preferencial para el cliente.

Estas coberturas estarán limitadas a un número de dos (2) eventos por año y se prestarán con un monto límite de cobertura de doscientos mil pesos ($200.000).

Asistencia Odontológica

ORIENTACIÓN DENTAL TELEFÓNICA Y MANEJO DEL DOLOR

En caso de que el afiliado y grupo familiar requiera una orientación dental telefónica, IGS brindará, de acuerdo a las condiciones de la asistencia; orientación dental telefónica y manejo del dolor las 24 horas, los 365 días del año. En la línea de asistencia; un profesional en odontología coordinado por IGS con un tercero realizará la orientación en los procedimientos y conductas provisionales para el manejo del dolor, según la sintomatología manifestada, que se deben asumir mientras el paciente hace contacto con un profesional en odontología de manera presencial, en caso de que lo requiera.

EXCLUSIONES

  • No se prescriben medicamentos vía telefónica.
  • No se realizan diagnósticos definitivos por tratarse de una asistencia en orientación dental telefónica y manejo de dolor.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

CIRUGÍA DE ENDODONCIA SIMPLE O EXTRACCIONES

IGS a solicitud del afiliado y grupo familiar prestará a través de un proveedor el servicio de asistencia de cirugía de endodoncia simple o extracciones, este servicio debe ser solicitado con un mínimo de 48 horas sujeto a disponibilidad de horario, hasta el monto límite de cobertura. IGS brindará al afiliado la coordinación para el servicio de cirugía de endodoncia simple o extracciones, el desplazamiento correrá a cargo del afiliado. El afiliado debe presentar la valoración por el odontólogo certificado para realizar la autorización de la cirugía.

EXCLUSIONES

  • No se cubren los medicamentos posteriores a la cirugía
  • Se excluyen los tratamientos posteriores y adicionales que no se encuentren dentro de esta cobertura.
  • Tratamientos estéticos.
  • Están excluidos los tratamientos de endodoncia (conductos) con fines protésicos.

Esta cobertura está limitada a un número de seis (6) por año y un monto límite de cobertura de trecientos mil pesos ($300.000).
 

PARA SOLICITAR EL SERVICIO

  • Bogotá:    (601) 580 2648

  • Medellín:  (604) 204 3828

  • Otras zonas: 018000 121 649

Atención las 24 horas del día, los 365 días al año.

Servicio prestado por

 

Asistencia Hijos

MÉDICO PEDIATRA A DOMICILIO POR EMERGENCIA

En caso que el afiliado y  grupo familiar lo requiera, IGS pagará y coordinará a través de un tercero el envío de un médico pediatra para la atención de un miembro del grupo familiar menor de 15 años en las ciudades principales del país dentro de perímetro urbano, para hacerle un chequeo, revisión o diagnóstico derivado de una emergencia médica.

El servicio está sujeto a previa autorización derivada del  triage telefónico realizado por el médico general del call center coordinado por IGS. El médico pediatra deberá identificar correcta y rápidamente la necesidad del menor determinando la respuesta más adecuada para resolverla, en función del contexto y de las disponibilidades, sin necesidad de que el paciente se movilice de su domicilio, o del lugar autorizado a la luz del servicio contratado, orientándolo sobre las conductas que tiene que seguir. Este servicio integra revisión médica y diagnóstico, mientras el paciente realiza el seguimiento pertinente a su tratamiento. Durante la prestación de este servicio el menor siempre debe permanecer acompañado por un acudiente responsable bajo criterio medico se podrá realizar la formulación de tratamiento.

EXCLUSIONES

  • No incluye el costo o la aplicación de tratamientos, aplicación de medicamentos, curaciones o tratamientos quirúrgicos de ningún tipo.
  • El médico coordinado por INTEGRAL GROUP SOLUTION Colombia para brindar el servicio no está obligado a portar, proveer o administrar medicamentos.
  • No incluye toma de muestras de laboratorios.
  • No incluye la asistencia por especialistas.
  • No incluye movilización del paciente.
  • Las incapacidades se generarán a criterio del médico tratante.

Esta cobertura está limitada a un número de doce (12) eventos por año, uno (1) por mes  y un monto límite de cobertura de ciento quince mil pesos ($115.000)

AMBULANCIA TERRESTRE POR EMERGENCIA

En caso que el afiliado y grupo familiar requiera un servicio de transporte dentro del territorio colombiano a consecuencia de una lesión súbita o traumatismo que constituya una emergencia vital y que requiera un traslado médico, IGS coordinará dependiendo de la emergencia el traslado, ambulancia básica o ambulancia medicalizada y hará seguimiento hasta el arribo de unidades médicas para trasladar al afiliado hasta el centro médico asistencial más cercano.

Esta cobertura está limitada a un número de doce (12) eventos por año, uno (1) por mes  y sin monto límite de cobertura.

CONSULTA MÉDICA TELEFÓNICA PEDIÁTRICA

En caso de que el afiliado y grupo familiar menor de 15 años, requiera una orientación médica telefónica, IGS brindará de acuerdo a las condiciones de la asistencia, orientación médica telefónica las 24 horas, los 365 días del año. En la línea de asistencia; un profesional médico coordinado con un tercero por IGS realizará la clasificación de la gravedad de su padecimiento y le orientará en los procedimientos y conductas provisionales, según la sintomatología manifestada, que se deben asumir mientras el paciente hace contacto con un profesional médico de manera presencial, en caso de que lo requiera.

EXCLUSIONES

  • No se prescriben medicamentos vía telefónica.
  • No se realizan diagnósticos definitivos por tratarse de una asistencia en orientación telefónica.
  • No se cambian protocolos de tratamiento vía telefónica.
  • El servicio no incluye el costo o garantiza el envío de un médico a domicilio.

Esta cobertura se prestará sin límite de eventos y sin monto límite de cobertura.

TERAPIA BÁSICA RESPIRATORIA A DOMICILIO

TERAPIA RESPIRATORIA BÁSICA

Cuando el afiliado y grupo familiar  requiera, IGS prestará el servicio de terapias básicas respiratorias a domicilio o en la red de proveedores a nivel nacional, dentro del perímetro urbano, con previa presentación de orden médica, este servicio encargado de promover, mejorar, acondicionar, prevenir, rehabilitar y brindar tratamiento a personas que presentan enfermedades agudas, crónicas o degenerativas que comprometan el sistema cardiovascular y pulmonar, o personas que con motivo de los climas variantes, sufran problemas respiratorios. Las terapias respiratorias las realiza un profesional de la salud fisioterapeuta, con experiencia en problemas pulmonares. Para las terapias respiratorias el profesional cuenta y dependiendo el caso con un nebulizador, bromuro para cumplir con el objetivo de mejorar la condición respiratoria del afiliado. En otros casos la terapia se hace con masajes los cuales ayudan a la persona a expulsar de manera más rápida y a mejorar su respiración. El paciente de requerir las terapias respiratorias y dependiendo su condición debe aportar la careta para realizar la misma. El tiempo de cada terapia no excederá los 45 minutos.

Esta cobertura esta limita a un número de ocho (8) eventos por año y un monto límite de cobertura de ciento quince mil pesos ($115.000).

ORIENTACIÓN TELEFÓNICA NUTRICIONAL LONCHERA BALANCEADA

En caso que el afiliado o grupo familiar lo requiera, IGS prestará el servicio de asistencia nutricional telefónica esta asistencia se brindará por parte de especialistas para consultas del cuadro nutricional de los alimentos (calorías, carbohidratos etc.) Lonchera balanceada para niños menores de 15 años, índice de grasa corporal, dietas y referenciarían de nutricionistas, envío de información vía electrónica de dietas y recomendaciones para llevar una alimentación sana y estilo de vida saludable.

Esta cobertura se prestará sin límite de eventos y sin monto límite de cobertura.

ORIENTACIÓN TELEFÓNICA PSICOLÓGICA

En caso que el afiliado y grupo familiar requiera, IGS gestionará la prestación de servicio de orientación psicológica telefónica. Este servicio ofrece un apoyo puntual, no de urgencia, el objetivo principal es recuperar la autonomía del paciente en el menor tiempo posible, después de un “shock” emocional, estrés postraumático, etc.

Esta cobertura se prestará sin límite de eventos y sin monto límite de cobertura.

ORIENTACIÓN TELEFÓNICA ESCOLAR Y TUTORÍAS

Cuando el afiliado y grupo familiar requiera, IGS prestará el servicio de orientación telefónica escolar y tutorías, al afiliado o sus hijos beneficiarios, a través de la cual se pone a su disposición una asesoría con un docente para cualquier duda o inquietud respecto a las áreas de español, matemáticas, historia y geografía, ciencias naturales, biología, física y química (asignaturas de nivel escolar básico de nivel primario y/o bachillerato). Esta asistencia estará condicionada a que las dudas e inquietudes no superen una (1) hora educativa. La asistencia no consiste en desarrollar trabajos o tareas, lo anterior de acuerdo con las exclusiones y limitaciones consignadas en el presente anexo.

EXCLUSIONES

  • La asistencia en el desarrollo de tareas y/o trabajos.
  • La asistencia en respuesta a consultas superiores a una (1) hora educativa.

Esta cobertura está limitada a un número de doce (12) eventos por año y sin monto límite de cobertura.

PARA SOLICITAR EL SERVICIO

  • Bogotá:    (601) 580 2648

  • Medellín:  (604) 204 3828

  • Otras zonas: 018000 121 649

Atención las 24 horas del día, los 365 días al año.

Servicio prestado por

 

Asistencia Mascotas

(Perro o Gato)

ORIENTACIÓN MÉDICA VETERINARIA TELEFÓNICA

El afiliado y grupo familiar tendrá acceso a información sobre el cuidado de la mascota. Contando con la atención telefónica directa de un veterinario, el cual orientará en las conductas temporales que se deben asumir mientras se hace contacto profesional veterinario- mascota. Podrá hacer las consultas necesarias sobre:

  • Molestias, síntomas y enfermedades de la mascota.
  • Primeros auxilios en caso de emergencia por accidente o enfermedad de la mascota amparada.
  • Manejo y cuidado en caso de viaje de la mascota.

IGS no se hace responsable por sucesos posteriores a la asesoría telefónica ya que se entiende que es un servicio de medios y no de resultado, por ende, no se puede garantizar el resultado final seguido de la consulta telefónica.

Esta cobertura se prestará sin límite de eventos y sin monto límite de cobertura.

CONSULTA MÉDICA VETERINARIA A DOMICILIO O EN RED POR EMERGENCIA

En caso de enfermedad súbita de la mascota ocurrida durante la vigencia de la asistencia y que sea considerada como una emergencia, en los términos y condiciones descritos en el presente documento, IGS coordinará y pagará el servicio de consulta veterinaria hasta el monto límite de cobertura, a domicilio y/o en red veterinaria. Dentro de esta cobertura no se encuentra incluido ningún tratamiento, examen, medicamento, cirugía y/o procedimientos derivados del servicio.  Para acceder a esta asistencia la mascota debe estar al día en vacunas.

Esta cobertura está limitada a un número de cuatro (4) eventos por año y un monto límite de cobertura de ciento quince mil pesos ($115.000).

TRASLADO DE LA MASCOTA POR ACCIDENTE O POR ENFERMEDAD A LA VETERINARIA

Si el propietario de la mascota requiere traslado para la mascota por emergencia (enfermedad o accidente) dentro del perímetro urbano en la ciudad de residencia de la mascota; IGS coordinará y hará seguimiento hasta el arribo de la unidad móvil para el traslado a la mascota. Para acceder a esta asistencia la mascota debe estar al día en vacunas situación que deberá acreditarse mediante la presentación del carnet de vacunación, certificación expedida por profesional veterinario o historia clínica donde se refrende tal condición. La mascota no debe haber sido intervenida quirúrgicamente en los dos (2) últimos meses.

Esta cobertura está limitada a un número de tres (3) eventos por año y un monto límite de cobertura de ciento veinte mil pesos ($120.000).

ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA POR RECLAMACIÓN DE DAÑOS

En caso que un tercero sufra daños derivados de una conducta dolosa por parte de la mascota registrada se otorgará asistencia telefónica por parte de un abogado que orientará legalmente al afiliado y grupo familiar, para perseguir la responsabilidad civil o penal del tercero, sin perjuicio del derecho de subrogación en cabeza de la compañía. IGS deja constancia que esta cobertura es de medio y no de resultado, por lo cual el afiliado acepta que la compañía no es responsable del éxito o del fracaso de las acciones emprendidas, omitidas o dejadas de adelantar por él, como tampoco por los honorarios de abogados generados por demandas en que participe el afiliado. Esta cobertura se prestará por un tiempo límite de veinte (20) minutos.

ESTA COBERTURA SE PRESTARÁ SIN LÍMITE DE EVENTOS Y SIN MONTO LÍMITE DE COBERTURA.

ORIENTACIÓN Y COORDINACIÓN PARA LA ESTERILIZACIÓN DE LAS MASCOTAS.

A petición del afiliado y grupo familiar, IGS brindará la coordinación para la esterilización de su mascota. Esta cobertura va enfocada a los cachorros o hembras que no hayan sido esterilizados y por solicitud del propietario de la mascota no sin antes la mascota haya sido valorada por un veterinario y se tenga el certificado de que la mascota está clínicamente sana. Esta cobertura es únicamente de referencia y coordinación los costos generados de la misma correrán por cuenta del afiliado.

Esta cobertura se prestará sin límite de eventos y sin monto límite de cobertura.

PARA SOLICITAR EL SERVICIO

  • Bogotá:    (601) 580 2648

  • Medellín:  (604) 204 3828

  • Otras zonas: 018000 121 649

Atención las 24 horas del día, los 365 días al año.

Servicio prestado por

 

Definiciones

AFILIADO: la persona física que recibe el obsequio a su titularidad.

IGS: INTEGRAL GROUP SOLUTION S.A.S

GRUPO FAMILIAR: personas en primer grado de consanguinidad (padres, conyugue e hijos).

MASCOTAS: mascota que tendrá acceso a las coberturas de la presente asistencia. Aplica para perros o gatos con edad mínima de 3 meses máximo  12 años. 

COORDINACIÓN: actividad administrativa provista por IGS que implica sincronizar distintas acciones y definir la manera más adecuada de aglutinar los recursos disponibles para cumplir con la solicitud del afiliado en relación a los servicios de asistencias.

FECHA DE INICIO VIGENCIA: fecha a partir de la cual los servicios de asistencia que ofrece IGS estarán a disposición de los afiliados, que comienzan 24 horas después del momento de afiliación al producto.

PERIODO DE VIGENCIA: periodo durante el cual el afiliado tiene derecho a obtener los servicios de asistencia. comprende desde la fecha de inicio de vigencia hasta la vigencia establecida en el producto.

GESTIÓN: es el proceso mediante el cual se obtienen, despliegan y coordinan una variedad de recursos básicos para conseguir determinados objetivos en miras de la consecución de un fin específico.

PAÍS DE RESIDENCIA: para fines de estas condiciones generales, el territorio de colombia.

PROVEEDOR: empresa o persona física especializada en los rubros detallados en el presente, que en representación de IGS asista al afiliado en cualquiera de los servicios descriptos en las presentes condiciones generales.

REFERENCIA: información actualizada y fehaciente concerniente a los servicios, que es provista por IGS telefónicamente al afiliado a su solicitud.

SERVICIOS: los servicios de asistencia contemplados en el programa descripto en el presente anexo.

EVENTO: cada suceso que implique una emergencia, urgencia o prestación de un servicio de asistencia y por el cual un técnico, empleado, proveedor, profesional, operador de IGS se presente ante un afiliado para proceder a la prestación de los servicios de asistencia solicitado.

SITUACIÓN DE ASISTENCIA: cuando el afiliado se encuentre ante una situación que implique una emergencia, urgencia o demanda de asistencia y responda a los términos, características y limitaciones establecidas en el presente anexo, siempre que los mismos hayan tenido lugar durante el periodo de vigencia y en el ámbito territorial de validez.

RESIDENCIA PERMANENTE: el domicilio habitual del afiliado que para los efectos del presente anexo debe ser en Colombia dentro del ámbito de territorialidad definido.

ÁMBITO TERRITORIAL: el derecho a las prestaciones se extiende a los afiliados que se encuentran en el territorio nacional.

ACCIDENTE: todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un afiliado, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad).

COSTO PREFERENCIAL: servicio a cargo del afiliado con las tarifas negociadas por volumen por parte de IGS con el proveedor.

PARA SOLICITAR EL SERVICIO

  • Bogotá:    (601) 580 2648

  • Medellín:  (604) 204 3828

  • Otras zonas: 018000 121 649

Atención las 24 horas del día, los 365 días al año.

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